Política Corporativa Anti-Soborno y Anti-Corrupción
CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A.
| FECHA DE EMISIÓN | EMITIDO POR | REVISADO POR | APROBADO POR |
|---|---|---|---|
| 15/12/2025 | Norma Gamboa Supervisor |
Jorge Alfredo Torres Salinas (Jefe de Planta) |
María Del Pilar Salaverry Martínez (Gerente General) |
(Jefe de Planta)
(Gerente General)
1. INTRODUCCIÓN Y COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN
CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A. declara una política de tolerancia cero frente a cualquier forma de soborno y corrupción en el desarrollo de sus actividades comerciales, operativas y administrativas.
La alta dirección, liderada por la Gerencia General, se compromete a conducir todos los negocios con integridad, transparencia y en estricto cumplimiento de las leyes nacionales e internacionales aplicables.
Esta Política complementa el Código de Ética y Conducta de la organización, profundizando en las directrices específicas necesarias para prevenir, detectar y sancionar actos ilícitos o contrarios a los valores de la empresa.
2. OBJETIVO
Establecer los principios generales, responsabilidades y mecanismos de control interno destinados a prohibir el soborno y la corrupción en cualquiera de sus manifestaciones, protegiendo la reputación, activos y la continuidad del negocio de CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A.
3. ALCANCE
La presente política es de cumplimiento obligatorio y aplicable a:
- Todos los miembros del Directorio, Gerente General, jefaturas y personal operativo de la empresa sin distinción de rango o régimen laboral.
- Todos los terceros que actúen en nombre, representación o beneficio de la empresa, tales como proveedores, consultores, contratistas, distribuidores y asesores comerciales.
4. DEFINICIONES CLAVE
- Soborno: El acto de ofrecer, dar, prometer, solicitar o aceptar cualquier ventaja indebida, beneficio financiero o no financiero.
- Corrupción: El abuso del poder encomendado para el beneficio propio o de un tercero.
- Funcionario Público: Cualquier persona que ocupe un cargo legislativo, administrativo o judicial.
- Pagos de Facilitación: Pequeños pagos no oficiales realizados a funcionarios públicos de bajo nivel.
5. REGLAS DE CONDUCTA Y PROHIBICIONES ESPECÍFICAS
5.1. Prohibición Absoluta de Soborno
Está estrictamente prohibido que cualquier trabajador o tercero vinculado a la empresa ofrezca o reciba de manera directa o indirecta sobornos.
5.2. Pagos de Facilitación
CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A. prohíbe expresamente la realización de pagos de facilitación.
Si un colaborador se encuentra bajo una situación de extorsión o amenaza real a su integridad física, el pago deberá reportarse de inmediato a la Gerencia General.
5.3. Regalos, Obsequios y Hospitalidad
Los obsequios y cortesías comerciales solo serán permitidos si cumplen estrictamente con requisitos corporativos internos.
- No ser entregados con la intención de influir indebidamente.
- Ser de valor económico modesto y razonable.
- Ser entregados de manera transparente.
- Contar con autorización previa y por escrito.
6. CONTABILIDAD E INFORMACIÓN FINANCIERA
Todos los registros contables y financieros deben reflejar con precisión la naturaleza real de cada transacción económica.
- Prohibición de cuentas fuera de libros.
- Prohibición de registros falsos.
- Prohibición de documentos soporte fraudulentos.
7. CANAL DE DENUNCIAS Y PROTECCIÓN AL DENUNCIANTE
CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A. pone a disposición de sus colaboradores y terceros un Canal de Comunicación Anónimo Abierto.
La empresa garantiza la protección de cualquier colaborador que denuncie de buena fe un acto real o potencial de soborno o corrupción.
8. RÉGIMEN SANCIONATORIO
El incumplimiento de los principios establecidos en esta Política constituye una falta grave.
Las personas que infrinjan sus disposiciones serán sometidas a procesos de investigación internos y medidas disciplinarias severas.
9. DIFUSIÓN Y CERTIFICACIÓN ANUAL
Esta política será difundida formalmente a todo el personal a través de medios físicos y digitales.
Con carácter anual, los líderes de cada área deberán suscribir una declaración de conformidad.
Documento de propiedad exclusiva de CIA. QUIMICA INDUSTRIAL DEL PACIFICO S.A. Prohibida su reproducción parcial o total sin autorización expresa por escrito de la Gerencia General.
